ANTECEDENTES DEL CAS Decreto Legislativo Nº 1057

 ABOG CARLOS HUMBERTO REYES CAYOTOPA
CAS Decreto Legislativo Nº 1057









ANTECEDENTES DEL CAS
El antecedente directo del CAS son los SNP (servicios no personales),
que se encontraban regulados por el D. Supremo Nº 065-85-PCM Reglamento Único de Adquisiciones para el Suministro de Bienes y Prestación de Servicios No Personales, el cual, posteriormente, fue derogada por la Ley Nº 26850 (Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado) y esta última, derogada por el D. Leg. N° 1017 (Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado). Asimismo, podemos afirmar que los SNP constituían una suerte de Contrato de Locación de Servicios (regulados por el artículo 764º del Código Civil) aplicado al sector público. En tal sentido, el marco legal regulatorio de los SNP encontraba reposo en la ley de contratación y adquisiciones del Estado (lo relacionado con el procedimiento de contratación) y en el Código Civil (respecto a los derechos y obligaciones de las partes como contrato de locación de servicios).



SECUENCIAS DE SENTENCIAS

Exp. 00002-2010-PI/TC
Declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra el D. Leg. N° 1057. Razón por la cual, dicha norma es declarada plenamente constitucional.




Exp. Nº 3818-2009-PA/TC,
Declaró la interpretación constitucional del numeral 13.3 del D. Supremo Nº 075-2008-PCM, mediante la cual se afirma que si el trabajador considera que no ha cometido la falta imputada que sustenta su despido o éste constituye una sanción desproporcionada, podrá interponer una demanda solicitando que se le abone una indemnización equivalente a las remuneraciones dejadas de percibir, hasta un importe máximo equivalente a dos (2) meses.


Exp. Nº 10-2010-PI/TC,
Declaró improcedente la demanda de inconstitucionalidad Interpuesta contra el D. Leg. N° 1057, por haberse expedido sentencia anterior sobre el mismo tema.























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