HABLANDO UN POCO SOBRE EL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACION EN RELACION A LOS ESTEREOTIPOS Y VIOLENCIA DE GENERO


HABLANDO UN POCO SOBRE EL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN EN RELACIÓN A LOS ESTEREOTIPOS Y VIOLENCIA DE GENERO

 "NO ES NECESARIO SER GAYS PARA DEFENDER Y TUTELAR LA DIGNIDAD DE ESTAS PERSONAS. TAMPOCO, NO HAY QUE SER PISADO, O HIJO DE MAMA PARA DEFENDER LOS DERECHOS DE LA MUJER".
ABOG. CARLOS HUMBERTO REYES CAYOTOPA

Cuando hablamos de EL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN y por otro lado,  LOS ESTEREOTIPOS Y VIOLENCIA DE GENERO, este concepto último, es como derecho accesorio,  hablamos propiamente de la indiscriminación del individuo (Sujeto de Derecho) ante una situación de hecho como el caso de los  estereotipos y violencia de genero, todo tiene una nexo jurídico. Nuevamente, felicitar a la Docente por estos interesantes Materiales. Ahora bien, la discriminación  y violencia ejercida contra las mujeres, gays, lesbianas, travestís y bisexuales, es un tema que en nuestro país existe mucha intolerancia. Por ejemplo, La homosexualidad es un tema que en nuestra sociedad peruana ( peor en provincias) dentro del marco laboral y social lo considera un TABU, este tabú no es más que un reflejo de insultos hacia las victimas,serie de marginaciones y falta de respeto hacia su DIGNIDAD y como individuo sujeto de derecho que Estado peruana debe de proteger porque así lo establece los principios constitucionales (Principio de armonía, principio de eficacia o efectividad que prioriza en la solución de los problemas) y el fin supremo de la sociedad y el Estado Peruano. 
Si bien es cierto, estos temas como la discriminación contra la mujer, lesbianas, travestís y bisexuales es un castigo social, a consecuencia, del machismo entre otras razones como el sexo débil. El problema que la victima tiene que luchar diario dentro el marco laboral y social. Por ejemplo, hace poco cuando reeleia los materiales del segundo módulo en un restaurant, y un colega me pregunto que estaba leyendo, porque estaba fijamente pegado en las paginas, entonces, le comente sobre el tema, detalladamente. Lo curioso, que el tema era tan interesante que nuestro énfasis al hablar por la problemática actual de este tema, que varios barones pensaba que nosotros eramos geys. Suena irónico,pero la realidad es así existe complejos. Recuerdo que un amigo me dijo ¿ y no tienes miedo que si publicas artículos sobre estos temas las personas pueden decirte que eres geys? y yo lo conteste, NO ES NECESARIO SER GAYS PARA DEFENDER, TUTELAR LA DIGNIDAD DE ESTAS PERSONAS. TAMPOCO, NO HAY QUE SER PISADO, O HIJO DE MAMA PARA DEFENDER LOS DERECHOS DE LA MUJER.

 ¿COMO PUEDO RELACIONAR ESTA INFORMACION SOBRE EL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN ?
Como comente, en la anterior pregunta, hablamos propiamente de la indiscriminación del individuo (Sujeto de Derecho) ante una situación de hecho (El supuesto de Hecho ) como el caso de los  estereotipos y violencia de genero, y la consecuencia jurídica ante esta inseguridad jurídica (Discriminación y violencia ejercida contra las mujeres asimismo, lesbianas, gays, travestís y bisexuales) que es la consecuencia; qué es el efecto atribuido por el Derecho, dado, a la inseguridad juridica y social; a tantos atropellos, transgresiones, estigmas, complejos, etc 
La discrimacion ante los estereotipos y violencia de genero que atenta o vulnera lo enunciado por nuestra norma constitucional del art. 1 de la Constitución Politica del Perú.
Existe Relación. Ese es el nexo lógico-jurídico; que es el elemento lógico vinculante entre el supuesto y la consecuencia jurídica.

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