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LA REALIDAD DEL ARBITRAJE
CARLOS HUMBERTO REYES CAYOTOPA
. Lo interesante es cuando a la celeridad para resolver un proceso a diferencia de un proceso judicial, Los laudos cuentan con la misma fuerza vinculante de una sentencia judicial o cosa juzgada. Pero el arbitraje no sigue el principio económico del derecho, la facilidad del sujeto de derecho a acceder sin obstáculo alguno para resolver el conflicto, claro, que el arbitraje es sumamente caro pero efectivo, por ello, la mayoría de sus casos son de materia empresarial y patrimonial. Asimismo, los que resuelven son abogados con gran experiencia y especialidad de la materia en arbitraje, y los ¿Jueces, también tienen las mismas características? Y entonces ¿Cuál la verdadera problemática de la carga procesal? Bueno, en síntesis, el arbitraje si es un medio optimo, pero no está al alcance de todos, es un derecho limitativo que pocos pueden acceder, bueno, por algo es facultativo, todos tenemos en animus de acudir a cualquier medio alternativo para resolver el conflicto.
CONCLUSIONES
Me hace pensar la sobrecarga del procesal legal de poder judicial, a diferencia del arbitraje que es muy rápido, es un interesante temas y pienso, que debería regularse las tasas o costos de este proceso para también sea beneficiado aquellas personas naturales que puedan resolver sus controversias, una iniciativa más que todo en al acceso a la justicia. Pero como se dijo el arbitraje y como la conciliación, es opcional de las partes en acudir a resolver sus problemas, entonces, ya sabemos estas dos figuras jurídicas para que estas hechas y sólo pueden estar acudidas, se siente ese gran vidrio que separa el poder adquisitivo.
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